{"id":2691,"date":"2017-02-16T11:05:39","date_gmt":"2017-02-16T11:05:39","guid":{"rendered":"http:\/\/www.inforconta.com\/?p=2691"},"modified":"2017-02-16T11:05:39","modified_gmt":"2017-02-16T11:05:39","slug":"bruselas-da-plazo-dos-meses-espana-modifique-regimen-sancionador-del-modelo-720","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/inforconta.online\/wp\/fr\/bruselas-da-plazo-dos-meses-espana-modifique-regimen-sancionador-del-modelo-720\/","title":{"rendered":"Bruselas da un plazo de dos meses a Espa\u00f1a para que modifique el r\u00e9gimen sancionador del modelo 720"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 10.5pt; font-family: 'Arial',sans-serif;\">La Comisi\u00f3n Europea (CE) envi\u00f3 este mi\u00e9rcoles un dictamen motivado a Espa\u00f1a pidiendo que modifique la normativa que obliga a los contribuyentes a declarar los bienes en el extranjero cuando superan los 50.000 euros. Se trata de la medida estrella que aprob\u00f3 el Gobierno de Mariano Rajoy contra el fraude fiscal y que entr\u00f3 en vigor por primera vez en 2013. Los espa\u00f1oles han declarado hasta la fecha tener en el exterior m\u00e1s de 97.700 millones de euros.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10.5pt; font-family: 'Arial',sans-serif;\"><strong>Bruselas no critica que exista la obligaci\u00f3n de informar sobre los bienes en el extranjero, pero ataca el duro r\u00e9gimen sancionador que lo acompa\u00f1a<\/strong>. Las rentas en el exterior no declaradas \u2013o declaradas fuera de plazo\u2013 se imputan como una ganancia patrimonial no justificada y reciben una sanci\u00f3n del 150%. Ello es as\u00ed, incluso, si los bienes proceden de per\u00edodos ya prescritos. Es decir, la legislaci\u00f3n establece una suerte de imprescriptibilidad que ha levantado muchas cr\u00edticas.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10.5pt; font-family: 'Arial',sans-serif;\">Organizaciones y asesores fiscales como Alejandro del Campo, abogado del despacho DMS Consulting, llevaron el caso ante Bruselas, que el pasado mes de noviembre abri\u00f3 un expediente sancionador a Espa\u00f1a y dio un plazo de dos meses para que Hacienda presentara alegaciones. La repuesta de la Administraci\u00f3n espa\u00f1ola no ha sido satisfactoria y, ahora, la Comisi\u00f3n Europea ha remitido un dictamen motivado en el que exige que Espa\u00f1a modifique y rebaje el r\u00e9gimen sancionador que acompa\u00f1a a la obligaci\u00f3n de declarar bienes en el extranjero en un plazo de dos meses.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10.5pt; font-family: 'Arial',sans-serif;\">Si el Gobierno de Mariano Rajoy no sigue las recomendaciones comunitarias, el caso acabar\u00e1 en el Tribunal Superior de Justicia de la Uni\u00f3n Europea. \u00bfQu\u00e9 es lo m\u00e1s probable que suceda? Si el departamento de Hacienda considera que su postura es correcta, es previsible que opte por llegar hasta el final, y m\u00e1s teniendo en cuenta que se trata de una medida de la que Montoro ha hecho bandera.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10.5pt; font-family: 'Arial',sans-serif;\">Bruselas considera que \u201ccomo las multas son mucho m\u00e1s altas que las sanciones aplicadas en un contexto puramente nacional, la normativa puede disuadir a las empresas y los particulares de invertir en el mercado \u00fanico o desplazarse por \u00e9l\u201d. La Comisi\u00f3n Europea no se extiende en su comunicado ni cita la \u201cimprescriptibilidad\u201d que contempla la norma como uno de los motivos por los que exige su reforma.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10.5pt; font-family: 'Arial',sans-serif;\">La obligaci\u00f3n de declarar los bienes en el extranjero y su duro r\u00e9gimen sancionador se incluyeron en la ley contra el fraude y que el Gobierno aire\u00f3 pocos meses antes de concluir en noviembre de 2012 la amnist\u00eda fiscal. Era la t\u00e1ctica del palo y la zanahoria para lograr que los evasores se adhirieran a la llamada \u201cdeclaraci\u00f3n tributaria especial\u201d. Concluido el proceso, la zanahoria desapareci\u00f3, pero el palo permanece. Los asesores fiscales han denunciado continuamente que las multas eran desproporcionadas, incluso en casos en los que no existe \u00e1nimo defraudatorio.<\/span><\/p>\n<p><span style=\"font-size: 10.5pt; font-family: 'Arial',sans-serif;\">El mero hecho de no presentar la declaraci\u00f3n informativa supone, si Hacienda lo descubre, una sanci\u00f3n de 5.000 euros por cada dato omitido y con un m\u00ednimo de 10.000 euros. La multa se aplica con independencia de que el bien se hubiera incluido en otras declaraciones como el IRPF o el impuesto sobre el patrimonio. Es decir, si un contribuyente tiene una vivienda en Francia y no rellen\u00f3 el modelo 720, deber\u00e1 pagar como m\u00ednimo 10.000 euros, aunque la cifra ser\u00e1 mayor porque se habr\u00e1n omitido varios datos como la fecha de adquisici\u00f3n, el precio o la direcci\u00f3n del inmueble. Y esta sanci\u00f3n se aplica con independencia de que hubiera existido o no un fraude fiscal.<br \/>\n<em>(Expansi\u00f3n, 16-02-2017)<\/em><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n Europea (CE) envi\u00f3 este mi\u00e9rcoles un dictamen motivado a Espa\u00f1a pidiendo que modifique la normativa que obliga a los contribuyentes a declarar los bienes en el extranjero cuando superan los 50.000 euros. 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