¿Si estamos sometidos a la Ley “Beckham” tendremos que presentar patrimonio?
Si estamos sometidos a la ley Beckham tendremos que presentar patrimonio si nuestro patrimonio en España es superior a 700.000€, 500.000€ para los residentes en Cataluña. La ley Beckham substituye unicamente la obligacion del IRPF pero no el IP. Por lo tanto todo y estar sometido a Beckham seguiremos estando sometidos a Patrimonio! Asimismo debe […]