IRPF 2019 : NO OBLIGADO A DECLARAR

NO OBLIGADOS a declarar:

Los contribuyentes que hayan obtenido en ejercicio 2019 rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta:  

a) Rendimientos íntegros del trabajocon el límite general de 22 000 euros anuales cuando proceden de un solo pagador. También cuando proceden de más de un pagador y concurra cualquiera de las dos situaciones siguientes:  

  1. que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía,no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 € anuales.
  2.  que sus únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas a que se refiere el art. 17.2 a) de la ley del impuesto y la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial del art.89. A) del Reglamento.

 b) Rendimiento íntegros del trabajo, con el límite de 14 000  anuales 

  1. Cuando procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 € anuales.
  2. Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos diferentes de las percibidas de los padres, en virtud de decisión judicial previstas en el art. 7 k) de esta Ley.
  3. Cuando el pagador no esté obligado a retener según art.76 RIRPF
  4. cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

 c) Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. (Dividendos de acciones no exentos, intereses, plusvalías) 

Lo dispuesto en esta letra no será de aplicación respecto de las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 97 del Reglamento del impuesto, no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible.   

 d) Rentas inmobiliarias imputadas a que se refiere el art. 85 de la ley del impuesto, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales. 

Tampoco tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 €. 

A efectos de la determinación de la obligación de declarar no se tendrán en cuenta las rentas exentas ni las rentas sujetas al Gravamen especial sobre determinadas loterías y apuestas, regulado en la DA Trigésimo tercera de la Ley 35/2006. 

 

OBLIGADOS  a declarar: los que tengan derecho a la aplicación del régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda, por doble imposición internacional o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten tal derecho. 

Sin perjuicio de lo anteriores necesario presentar la declaraciónpara poder solicitar y obtener las siguientes devoluciones:   

  • Por las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados del IRPF 2019. 
  • Por razón de las cuotas del IRNR del Art.79 d) de la ley 35/2006 (cambio de residencia). 
  • Por la deducción por maternidad (Art.81 Ley 35/2006). 
  • Por las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo (Art.81 bis Ley 35/2006) 
0 replies

Leave a Reply

Want to join the discussion?
Feel free to contribute!

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.