Nouvelle obligation fiscale pour les résidents en Espagne ayant des actifs à l’étranger.

Tous les résidents en Espagne (citoyens espagnols, étrangers, individus ou sociétés) sauf les résidents au bénéfice du régime spécial “Beckham” sont dans l’obligation de déclarer tous leurs actifs hors du territoire espagnol. A partir de 2013, tous les actifs hors d’Espagne doivent être déclarés dans le formulaire 720. Attention! Cette nouvelle déclaration ne concerne pas […]

TERMINI PRESENTACIÓ MODEL 347 i 184: febrer

RECORDEU que el MODEL 347 (Declaració anual d’Operacions amb tercers) i el MODEL 184 (Declaració informativa anual d’entitats en règim d’atribució de rendes) s’ha de presentar durant el mes de febrer, i no el març com en anteriors anys.

Los tramos de la renta (y otros coeficientes) para el 2012…

Os informamos de la actualización de diferentes tipos y coeficientes para el año 2013:

  • Interés legal del dinero 4%
  • Interés de demora 5%
  • IPC General interanual de diciembre de 2012 se sitúa en 2,9 % (INE)
  • IPREM  2013: 7.455,14€ o sin pagas extras 6.390,13€
  • El Salario Mínimo Interprofesional para el 2013 es 21,51 €/dia o 645,30 €/mes

La tabla de tramos de la renta para el 2012 será:
Imagen1

  • Y los tramos para la renta del ahorro serán :

Hasta 6.000€ , 21%
Entre 6.000 y 24.000€, 25%
y el resto a partir de 24.000€ al 27%.

Un poco de mimo para las PYMES

Se aumenta el importe de cifra de negocios para ser considerado PYME.

De 8.000.000 pasa a 10.000.000€ (sobre importe de cifra de negocios del año anterior). Ojo con tener en cuenta en el cómputo las empresas del grupo mercantil o familiar.

Pero además, si en un ejercicio la cifra de negocios supera los 10.000.000€ puede seguir disfrutando de los incentivos de las empresas de reducida dimensión durante los 3 períodos impositivos siguientes si en el ejercicio en el que se supera dicha cifra, los dos anteriores se hayan cumplido con todos los requisitos para ser de reducida dimensión.

Y eso no es todo….

Se reduce el gravamen de las empresas de reducida dimensión.

  • Hasta 300.000€ de base imposible la tributación será de 25% (20% si es una empresa con menos de 5.000.000€ de facturación y que hayan mantenido el empleo). Antes, dicho porcentaje se aplicaba hasta el límite de 120.020,41€.
  • El resto no beneficia de ningún cambio y siguen tributando al 30%  (o 25% en el caso de las empresas que hayan aplicado el 20% en el primer tramo).

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