EMPLEADOS DE HOGAR : OBLIGACION DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
En septiembre de 2024, se publicó una nueva norma sobre prevención de riesgos laborales en el ámbito de las personas empleadas del hogar en el que se establecía la obligación, por parte de los empleadores domésticos, de tener una planificación sobre la prevención de riesgos laborales.
Puntos clave a considerar:
- Evaluación de riesgos: Identifique posibles peligros en las tareas del hogar (limpieza, cocina, cuidado de personas, etc.) y tome las medidas necesarias.
- Formación y protección: Asegúrese de que su empleado conozca los riesgos de su labor y tenga acceso a los equipos de protección adecuados, como guantes o mascarillas.
- Condiciones laborales saludables: Mantenga las áreas de trabajo bien ventiladas y libres de obstáculos para evitar caídas.
- Seguro de accidentes: Revise la cobertura del seguro de accidentes laborales para su empleado/a, asegurando su protección ante cualquier eventualidad.
- Descanso y bienestar: Respete los tiempos de descanso para evitar el agotamiento físico y mental del empleado/a.
La norma entró en vigor el 12 de septiembre de 2024, pero las obligaciones específicas no serán exigibles hasta seis meses después de la disponibilidad de la herramienta de evaluación de riesgos, prevista para el 11 de julio de 2025.
Este tipo de planificaciones se llevan a cabo por empresas externas que realizan servicios de prevención de riesgos. En caso de que estén interesados en su contratación, por favor, háganoslo saber para que le solicitemos un presupuesto personalizado.