Efectivamente nos encontramos casos en los que los costes son elevados en comparación con el dinero que se ingresa, pues entre los gastos de la cuota de autónomos (la mínima son 254,21 euros mensuales) y los impuestos correspondientes, puede no resultar rentable darse de alta pero aún y así con la ley en la mano tengo obligación de hacerlo:
En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia, se indica que, siempre que se realice una actividad por cuenta propia, es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, con independencia de la duración del trabajo y de la remuneración.
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