Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas:
Este impuesto se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), de carácter estatal, no susceptible de cesión a las Comunidades Autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros. Tanto su ámbito territorial, exenciones, sujetos pasivos, bases imponible y liquidable, […]