Las mujeres con hijos menores de tres años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes podrán minorar la cuota hasta en 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años, siempre que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad. Por tanto, si se ha suspendido completamente el empleo por ERTE y el trabajador esta por lo tanto en desempleo total durante todo el mes, ese mes no tendrá derecho a los 100 euros máximos. Si es un ERTE parcial sí se tendrá derecho con el límite de siempre, lo cotizado a la SS o el máximo de 100 euros.
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