Cataluña
NORMATIVA FISCAL 2017: Ley 21/2001, Ley 31/2002, Ley 7/2004 ,  ley 21/2005, D Ley 1/2008, Ley 16/2008, ley 26/2009, ley 7/2011, ley 2/2014, ley 5/2017
§  Por nacimiento o adopción de hijos 150/300 €
§  Por donaciones a determinadas entidades relacionadas con el fomento lengua catalana o occitana 15 %
§  Por donativos a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos 25%
§  Por donaciones a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio. 15%
§  Por alquiler de vivienda habitual por: jóvenes, por desempleados, por discapacitados => 65%, por viudos/as => 65 años y por familias numerosas (ley 7/2011) 10 %/300€-

600 €

§  Por el pago de intereses de préstamos estudios master y doctorado 100 %
§  Por rehabilitación de la vivienda habitual 1,5%
§  Para contribuyentes que queden viudos 150 o 300 €
§  Por inversión por un ángel inversor por la adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades de nueva o reciente creación (ley 7/2011) 30%/6.000€

50%/12.000€

 

Para nuestros clientes que viven fuera de Cataluña:

 

Andalucía importe
NORMATIVA FISCAL para 2017: Decreto Legislativo 1/2009
§  Para beneficiarios de ayudas familiares (por hijos <  3 años y partos múltiples)” 50€ por hijo
§  Para los beneficiarios de las ayudas a viviendas protegidas 30 €
§  Por inversión en vivienda habitual protegida

§  Por inversión en vivienda habitual por jóvenes (< 35 años)

2 %

3 %

§  Por cantidades invertidas alquiler de vivienda habitual (no haber cumplido los 35) 15 %/500 €
§  Por adopción internacional de hijos 600 €
§  Por contribuyente discapacitado

§  Para el padre o madre de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes > 75

§  Por asistencia a persona con discapacidad

100 €

100 €

100 €

§  Ayuda doméstica 15%/250€
§   Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles 20%/4.000€
§   Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral 200€
§   Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad 100€
 

 

Aragón
NORMATIVA FISCAL para 2017: D Leg 1/2005, Ley 14/2014 , Ley 2/2014, Ley 2/2015,ley 2/2016
§  Por nacimiento o adopción 3º o sucesivo hijo 500/600 €
§  Por adopción internacional de niños 600 €
§  Por cuidado de personas dependientes (>75 años o minusv.) 150 €
§  Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico 20 %/10%
§  Por adquisición de vivienda habitual por víctimas terrorismo. 3%
§  Por reducción por inversión en acciones de entidades que cotizan MAB 20%/10.000€
§  Por adquisición o rehabilitación de vivienda en núcleos rurales o análogos. 5%
§  Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación 20%/4.000€
§  Por adquisición de libros de texto y materia escolar Cuantía fijas
§  Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago 10%
§  Por arrendamiento de vivienda social (arrendador) 30%
§  Contribuyentes mayores de 70 años 75 €
§  Por nacimiento o adopción primer y/o 2ºhijo en poblaciones < 10.000 h 100/300 €
§  Por nacimiento o adopción de un hijo en atención al grado de discapacidad 200€
§  Por gastos de guardería de hijos menores de 3 años 15%/250€
§  Por inversiones en entidades de economía social 20%/4.000 €

 

Asturias
NORMATIVA FISCAL para 2017:  Decreto Leg 2/2014, Ley 11/2014
§  Por acogimiento no remunerado > 65 años 341 €
§  Por adquisición o adecuación vivienda habitual contribuyente discapacitado 3 %
§  Por adquisición o adecuación de vivienda habitual para contribuyentes con los que convivan cónyuges, ascendientes o descendientes discapacitados 3 %
§  Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida 113 €
§  Por arrendamiento de vivienda habitual 10%/455€

15%/606

§  Por donación de fincas rústicas a favor de la Comunidad Autónoma 20 %
·          Por adopción internacional de menores 1.010 €
·          Por partos múltiples o por dos o más adopciones constituidas en misma fecha 505 €
·          Para familias numerosas 505/1.010 €
·          Para familias monoparentales 303 €
·          Por acogimiento familiar de menores 253/126 €
·          Por certificación de la gestión forestal sostenible 30%
·          Por gastos de descendientes en centros de cero a tres años 15%/ 330€
·          Por adquisición de libros de texto y material escolar Cuantías varias

 

Baleares
NORMATIVA FISCAL 2017:  D.Leg 1/2014, Ley 13/2014, Ley 12/2015, Ley 3/2015, Ley 6/2015, Ley 18/2016, Ley 13/2017  
·          Para los declarantes con discapacidad física, psíquica o sensorial o con descendientes con esta condición. 80/150 €
§  Por gastos de adquisición libros de texto 100%límites
§  Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.

modificado, con efectos 31 de diciembre de 2017, por la disposición final segunda de la Ley 13/2017 

§  Por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad en la vivienda habitual

modificado, con efectos 31 de diciembre de 2017, por la disposición final segunda de la Ley 13/2017 

§  Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros 15%/ 100€
§  Por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación 15% / 25%
§  Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural 15% / 600€
§  Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo 15% / 600€
§  Por donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana 15%
§  Por arrendamiento de vivienda habitual a favor de determinados colectivos 15%/400€
§  Para cursos estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual

(no aplicable por los contribuyentes fallecidos antes del 31-12-17) añadido con efectos 31 de diciembre de 2017 por la Ley 13/2017

§  Por arrendamiento de bienes inmuebles en islas destinado a vivienda

(no aplicable por los contribuyentes fallecidos antes del 31-12-17) añadido con efectos 31 de diciembre de 2017 por la Ley 13/2017

§  Por arrendamiento de vivienda en las Islas derivado del traslado temporal de residencia por motivos laborales (no aplicable por los contribuyentes fallecidos antes del 31-12-17) añadido con efectos 31 de diciembre de 2017 por la Ley 13/2017

 

Canarias
NORMATIVA FISCAL para 2017: Decreto Legislativo 1/2009, ley 4/2012 Ley 9/2014, ley 7/2017
§  Por donaciones dinerarias con finalidad ecológica. 10 %
§  Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias 20 %
§  Por cantidades destinadas por sus titulares a restauración, rehabilitación o reparación de inmuebles declarados de Interés Cultural 10 %
§  Por gastos de determinados estudios cursados por descendientes <  25 años fuera de la isla de residencia (ley 13/2009) 1.500/1.600
·          Por traslado de residencia habitual a otra isla a otra del archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica. 300 €
§  Por donaciones en metálico a descendientes o adoptados para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual 1,2 o 3%
§  Por nacimiento o adopción de hijos 200 a 800 €
§  Por contribuyente con discapacidad y mayores de 65 años 300 €/120 €
§  Por gastos de guardería de hijos menores de 3 años 15 %/400 €
§  Por inversión en vivienda habitual € / %
§  Por obras de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad 10%
§  Por alquiler vivienda habitual 15%/500€
§  Por familia numerosa 200 a 1000
§  Por contribuyentes desempleados 100€
§  Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia 15%
§  Por donaciones a entidades sin ánimo de lucro y con finalidad ecológica
§  Por gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio 100%/100€
§  Por acogimiento de menores 250€
§  Por familias monoparentales 100€
§  Por obras de rehabilitación energética y reforma de la vivienda habitual 10%
§  Por gastos de enfermedad 10%/límites
§  Por familiares dependientes con discapacidad 500€

 

Castilla – La Mancha
NORMATIVA FISCAL para 2017:  Ley 8/2013 y ley 9/2014
§  Por nacimiento o adopción de hijos 100/500/900 €
§  Por contribuyente discapacitado 300 €
§  Por ascendiente / descendiente discapacitado 300 €
§  Por contribuyente mayor de 75 años o por cuidado ascendiente > 75 años 150 €
§   Por cantidades donadas para la cooperación internacional al desarrollo y a las entidades para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas con discapacidad  

15 %

§   Por familia numerosa. 200 a 900 €
§   Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo e innovación empresarial. 15%
§   Por gastos en la adquisición de libros de texto y por la enseñanza de idio­mas. 100%/15% LÍMIT
§   Por acogimiento familiar no remunerado de menores 500/600 €
§   Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o discapacitados 600 €
§   Por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años 15%20%

 

Castilla y León
NORMATIVA FISCAL para 2017: Decreto leg. 1/2013 , Ley 11/2013, ley 10/2014, ley 2/2017

§   Por familia numerosa

 

246 ó 492 €

§  por nacimiento o adopción de hijos varias
§  Por cuidado de hijos < 4 años 30%/100%
§  Por contribuyente discapacitado 300/656€
§  Por adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales 15%
§  Por cantidades donadas a Fundaciones de Castilla y León para la recuperación del Patrimonio Histórico, Cultural y Natural 15%

 

§  Por cantidades invertidas en la recuperación Patrimonio Histórico, Cultural y Natural 15%
§  Por alquiler de vivienda habitual por < 36 años 15% ó 20%
§  Para el fomento del emprendimiento 20%
§   Por inversión en instalaciones medioambientales y de adaptación a discapacitados en vivienda habitual. 15%
§   Por cuotas a la SS de empleados del hogar 15%
§   Por partos múltiples o adopciones simultáneas 50/100%
§   Por paternidad 750 €
§   Por gastos de adopción 784€/otras
§   Por adquisición de vivienda de nueva construcción para residencia habitual 7,5%
§   Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, desarrollo y innovación 15%
§   Por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas al alquiler en núcleos rurales 15%

 

Cantabria
NORMATIVA FISCAL 2017: Decreto legislativo 62/2008, ley 7/2014, ley 10/2013, ley 10/2012, ley 2/2017
§  Por arrendamiento de vivienda habitual por jóvenes, mayores o discapacitados 10 %/300 €
§  Por cuidado de familiares (descendientes < 3 años, ascendientes > 70 o discapacitados) 100 €
§  Por obras de mejora en vivienda 15%/límites
§  Por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a Asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad 15 %/12%
§  Por acogimiento familiar de menores 240 €
§  Por inversión en adquisición acciones o participaciones sociales nuevas entidades o reciente creación 15%
§  Por gastos de enfermedad 10%/5% limit

 

 

Extremadura
NORMATIVA FISCAL para 2017: Decreto Legislativo 1/2013 , ley 6/2013, ley 2/2014, ley 1/2015 y ley 8/2016
§  Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual nueva de protección pública para <  36 años  y para víctimas del terrorismo 3 %/ 5%
§  Por trabajo dependiente 75 € -otras
§  Por cuidado de ascendiente o descendiente discapacitado 150 €/220€
§  Por acogimiento de menores 125/ 250
§  Por partos múltiples 300 €
§  Por compra de material escolar. 15€
§  Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuen­cia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en las sociedades mercantiles  

20%

§  Por gastos de guardería para hijos menores de 4 años 10%/220€
§  Por contribuyentes viudos 100/200€
§  Por arrendamiento de vivienda habitual 5% / 300€

10%/400€

   

 

Galicia
NORMATIVA FISCAL 2017: DLeg 1/2011, ley 9/2013 y ley 11/2013, ley 2/2013, ley 12/2014, ley 13/2015
§  Por alquiler de vivienda habitual =< 35 años 10 %/300 €

20%/600€

§  Por nacimiento y adopción de hijos 300 o 360 €
§  Por familia numerosa 250 a 800 €
§  Por cuidado de hijos menores 30 %
§  Por contribuyente discapacitado 65 ó mas años que precise ayuda de 3ª persona 10 %
§  Por gastos en nuevas tecnologías (Internet) en los hogares 30 % / 100€
§  Por acogimiento de menores 300/150€
§   Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación 20%/4.000
§   Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el MAB 15%/4.000
§   Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación y su financiación. 20%
§   Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica 25%
§   Por inversión en instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que empleen energías renovables en la vivienda habitual y destinadas exclusivamente al autoconsumo 5% / 280€

 

Murcia
NORMATIVA FISCAL 2017: Decreto Leg 1/2010, ley 14/2012 y 5/2013, ley 14/2013, ley 13/2014,  y ley 1/2016, ley 1/2017
§  Por inversión de vivienda habitual por =< 35 años 5 %
§  Por donativos para la protección del patrimonio cultural de la Región de Murcia o promoción de actividades culturales y deportivas y por donativos para la investigación biosanitaria 30 %
§  Por gastos de guardería para hijos menores de 3 años   15 %/limites
§  Por inversión en instalaciones recursos energéticos renovables vivienda habitual

§  Por inversiones en dispositivos domésticos de ahorro de agua

10 %/1000€

20%/60 €

§  Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nue­vas o de reciente creación 20%/4.000
§  Por inversión en acciones de entidades que cotizan segmento de empresas en expansión del MAB 20%/10.000
§  Por gastos de material escolar y libros de texto 100 €

 

Madrid
NORMATIVA FISCAL 2017: Decreto Leg  1/2010 ( ley 9/2010, Ley 6/2013 y Ley 4/2014
§  Por nacimiento o adopción de hijos 600 a 900 €
§  Por adopción internacional de niños 600 €
§  Por acogimiento familiar de menores 600 a 900 €
§  Por acogimiento no remunerado de > 65 años y/o discapacitados 900 €
§  Por arrendamiento de vivienda habitual por < 35 años 20%/840€
§  Por gastos educativos 5 al 15% € limites
§   Para familias con 2 o más descendientes e ingresos reducidos

§   Por inversión adquisición acciones y participaciones sociales nuevas entidades o reciente

§   Para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años

§   Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el MAB

10%

20%/4.000€

1.000€

20%/10.000€

 

La Rioja
NORMATIVA FISCAL para 2017: Ley 3/2017 y ley 10/2017
§  Por nacimiento o adopción de hijos 150 o 180 €
§  Por inversión en la adquisición  o construcción de vivienda habitual para jóvenes 3 %, 5 %
§  Por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en medio rural (antes 01-01-2013) 8 %/450,76€
§  Por inversión en la rehabilitación de la vivienda habitual 5/7/2%
§  Por obras de rehabilitación de vivienda habitual en La Rioja para personas con discapacidad 15%
§  Por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños muni­cipios 5%/452€
§  Por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cui­dado de hijos de 0 a 3 años para contribuyentes con residencia habitual en pequeños municipios 15%/300 €
§  Por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente 150€/300€
   

 

Comunidad Valenciana
NORMATIVA FISCAL para 2017: Ley 13/1997, ley 6/2010, Ley 5/2013, Ley 7/2014, le y 9/2014, ley 13/2016
§  Por nacimiento, adopción o acogimiento familiar 270 €
§  Por nacimiento o adopción múltiples 224 €
§  Por nacimiento o adopción de un hijo discapacitado 224/275 €
§  Por familia numerosa o monoparental 300 a 600 €
§  Por gastos en guarderías y centros 1º ciclo de educación infantil  hijos o acogidos permanentes < 3 años 15 %/270€
§  Por contribuyente discapacitado => 33%, edad => 65 años 179 €
§  Por ascendientes >75 años y ascendientes discapacitados > 65 179 €
§  Por la realización por uno de los cónyuges de labores no remuneradas hogar 153 €
§  Por adquisición primera vivienda habitual < = 35 años 5 %
§  Por adquisición de vivienda habitual por discapacitados 5 %
§  Por cantidades destinadas adquisición o rehabilitación vivienda habitual, procedentes ayudas públicas 102 €
§  Por arrendamiento de vivienda habitual 15 a 25 %
§  Por arrendamiento de una vivienda, como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto al de residencia 10%/204 €
§  Por inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica o destinadas al aprovechamiento de determinadas fuentes de energía renovables en la vivienda habitual, así como por la cuota de participación en inversiones en instalaciones colectivas donde se ubicase la vivienda habitual 20%
§  Por donaciones con finalidad ecológica 20 %
§  Por donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano. 15%
§  Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano 15%
§  Por cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano. 15%
§  Por donaciones para el fomento de la Lengua Valenciana 15 %
§  Por conciliación del trabajo con la vida familiar 418 €
§  Por contribuyentes con 2 o más descendientes 10%
§    Por cantidades procedentes de ayudas públicas concedidas por la Generalitat en el marco de la Ley 6/2009 de protección maternidad 270€
§   Por adquisición de material escolar 100 €/hijo
§   por obras de conservación o mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad en la vivienda habitual 20%
§   Por obras de conservación o mejora en la vivienda habitual 2014-2015 10/25%
§   Por donaciones de importes dinerarios relativas a otros fines culturales 15%
§   Por cantidades destinadas a abonos culturales 21%

 

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.