Se aumenta el importe de cifra de negocios para ser considerado PYME.

De 8.000.000 pasa a 10.000.000€ (sobre importe de cifra de negocios del año anterior). Ojo con tener en cuenta en el cómputo las empresas del grupo mercantil o familiar.

Pero además, si en un ejercicio la cifra de negocios supera los 10.000.000€ puede seguir disfrutando de los incentivos de las empresas de reducida dimensión durante los 3 períodos impositivos siguientes si en el ejercicio en el que se supera dicha cifra, los dos anteriores se hayan cumplido con todos los requisitos para ser de reducida dimensión.

Y eso no es todo….

Se reduce el gravamen de las empresas de reducida dimensión.

  • Hasta 300.000€ de base imposible la tributación será de 25% (20% si es una empresa con menos de 5.000.000€ de facturación y que hayan mantenido el empleo). Antes, dicho porcentaje se aplicaba hasta el límite de 120.020,41€.
  • El resto no beneficia de ningún cambio y siguen tributando al 30%  (o 25% en el caso de las empresas que hayan aplicado el 20% en el primer tramo).
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