Deducción compartida. Si tiene familia numerosa o algún descendiente o ascendiente discapacitado a su cargo, se podrá aplicar la deducción de 1.200 euros anuales existente en estos casos. No olvide indicarnos:  Si otro contribuyente (en general, el cónyuge) también se aplica dicha deducción, ya que en tal caso, deberán repartirse la deducción a partes iguales.  

Recuerde que dicho reparto se puede pactar entre las personas que tienen derecho a ello: Pueden adjudicar toda la deducción a uno de los posibles beneficiarios. En el caso de que confeccionemos la renta de ambos miembros con derecho a la mencionada deducción, y si hay posibilidad de pacto entre las partes, les haremos un cálculo para optimar el pago de ambas cuotas de IRPF.  

¿Y si no declaro? En este último caso, si uno de los beneficiarios no está obligado a declarar y quiere ceder su derecho, estará obligado a presentar el modelo 121 (de cesión del incentivo) antes del 30 de junio. Apunte.  Si se percibe la deducción por anticipado (mes a mes) y se quiere imputar todo el incentivo a una persona, al presentar la solicitud de pago anticipado (modelo 143) debe optarse por la modalidad colectiva. Así, toda la deducción se abona a quien aparezca como beneficiario en dicho modelo. 

Maternidad. Si es usted madre trabajadora con un hijo de menos de tres años, le aplicaremos la deducción por maternidad de 1.200 euros, así como la deducción adicional de hasta 1.000 euros por los gastos de guardería soportados. No se olvide de traernos los certificados. 

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